Punto por punto: estos son los datos que hay que informar para ingresar al blanqueo de la construcción
A través de la Resolución General 4.976 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que los sujetos que adhieran al programa de blanqueo de capitales para reactivar la construcción deberán informar, con carácter de declaración jurada datos específicos.
Punto por punto, estos son los requisitos a informar para el blanqueo:
- En el caso de los fondos afectados al desarrollo o inversión en proyectos inmobiliarios se informará el o los códigos de registro de proyecto inmobiliarios (COPI).
- Si los fondos se afectan a la adquisición de inmuebles usados, el declarante deberá detallar el monto destinado a la adquisición, datos de la vivienda y de los titulares vendedores a quienes se les transfieren los fondos.
- Las personas humanas, las sucesiones indivisas y los sujetos que obtengan rentas de la tercera categoría del Impuesto a las Ganancias, residentes en el país, podrán declarar hasta el 17 de agosto de este año de manera voluntaria ante la AFIP la tenencia de moneda extranjera y/o moneda nacional en el país y en el exterior que no hubiera sido declarada al 12 de marzo de 2021.
La normativa deja en claro que, los sujetos que adhieran al programa de blanqueo de capitales para reactivar la construcción, deberán informar, con carácter de declaración jurada, datos concretos del destino de los fondos declarados.
En el mismo sentido desde Afip aseguraron que todos los datos que se recaben a partir del programa de normalización estarán alcanzados por el secreto fiscal.