Oficial: los aguinaldos no estarán alcanzados por el Impuesto a las Ganancias

AFIP reglamenta exención del Impuesto a las Ganancias del Sueldo Anual Complementario de junio.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la exención del Impuesto a las Ganancias del Sueldo Anual Complementario (SAC) para aquellos que estén alcanzados por el nuevo mínimo no imponible, mediante la Resolución General 5358/2023 publicada en el Boletín Oficial.

Esta medida complementa lo dispuesto en el Decreto 267 del pasado 10 de mayo, con el objetivo de considerar tanto la aplicación de la exención como la Deducción Especial Incrementada (DEI).

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En el primer anexo de la norma se establecen las escalas de las DEI incrementada que se deberán aplicar para aquellos que cobren en bruto una suma superior al nuevo mínimo no imponible de $ 506.230 pero que resulte inferior o igual a $ 583.851.

Asimismo, se reglamenta la exención de las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, como de horas extras, realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud, cuando la prestación del servicio se realice en centros de salud públicos o privados.

La norma quedó oficializada luego de ser publicada en el Boletín Oficial de la Nación, pero con efectos que serán para todo el período fiscal 2023 en el caso de la exención del SAC y para los salarios devengados a partir del 1° de mayo para las DEI y las exenciones de guardias obligatorias y horas extras del personal de salud.

Además, se establece que si el empleador ya hubiera realizado la liquidación de haberes devengados en mayo con anterioridad al 15 de ese mes, deberá reintegrar las retenciones que quedaron sin efecto en el primer pago que realicen con posterioridad.

Según la Resolución General de AFIP, para determinar la exención del SAC correspondiente al período fiscal 2023, el monto de la remuneración o haber bruto mensual no debe superar $ 506.230.

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