La justicia pide informes al Gobierno nacional, Jujuy y Salta por la explotación de litio
La Corte Suprema de Justicia de la Nación solicitó informes a los gobiernos nacional, provincial y municipal de Jujuy y Salta, acerca de los proyectos de explotación de litio en la zona de Salinas Grandes. La medida está en línea con un amparo presentado por organizaciones ambientales y pueblos originarios.
Puntualmente, la comunidad "Santuario de Tres Pozos" y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales presentaron un recurso de amparo para "suspender todos los actos administrativos que promueven y autorizan la exploración y explotación de litio y borato en la Cuenca Salinas Grandes", ya que consideran que esta explotación causará "un daño grave e irreversible" en la cuenca.
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Las organizaciones también solicitaron a la Corte que forme un comité de expertos independientes que estudie con un enfoque ecosistémico de hidrología, biodiversidad y aspectos socioculturales de la cuenca que podría verse afectada. Sostienen que las empresas involucradas no han realizado una evaluación adecuada de los impactos ambientales.
Además, las organizaciones reclaman al Estado Nacional ya que, según su enfoque, "incurrió, a través del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda - Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica, que es el encargado de la coordinación e implementación del Plan Nacional del Agua en todo el territorio nacional" en la protección de los derechos de los pueblo originarios.
La cuenca Salinas Grandes tiene una superficie de más de 17.000 kilómetros cuadrados y se extiende desde el sur de San Antonio de los Cobres, en Salta, hasta el norte de Abra Pampa, en Jujuy.
La Corte ha destacado la importancia de las cuencas hídricas en su pedido de informes y ha apuntado que "la regulación jurídica del agua ha cambiado sustancialmente en los últimos años". Los tres jueces han señalado que "la visión basada en un modelo antropocéntrico, puramente dominial que solo repara en la utilidad privada que una persona puede obtener de ella o bien en la utilidad pública que restringe a la actividad del Estado, ha mutado hacia un modelo ecocéntrico o sistémico".
Han aclarado entonces que "el paradigma jurídico actual que ordena la regulación del agua no tiene en cuenta solamente los intereses privados o estaduales, sino los del mismo sistema".