Viviendas prefabricadas: ¿Cómo evitar una estafa?

MC

La adquisición de viviendas prefabricadas, en constante crecimiento debido a su accesibilidad y rapidez de instalación, conlleva ciertas responsabilidades y requisitos legales que los compradores deben tener en cuenta.

Adquirir una vivienda es una inversión sustancial, para muchos de nosotros, de hecho será en muchas ocasiones la más importante de nuestras vidas. Por eso es vital que del proyecto de nuestra futura casa se encargue una empresa sería y profesional que nos asegure confianza ya que desgraciadamente en el sector de la construcción existen demasiadas empresas que estafan sus clientes que se aprovechan del buen trabajo y la buena imagen de otras.

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Desde el Gobierno destacaron que la adquisición de viviendas prefabricadas, en constante crecimiento debido a su accesibilidad y rapidez de instalación, conlleva ciertas responsabilidades y requisitos legales que los compradores deben tener en cuenta. La dirección de Defensa del Consumidor detalla los cuidados a tener en cuenta.

El artículo 41 y 42 de la Ley 5547 establece las pautas que deben seguirse al comprar este tipo de propiedades.

Artículo 41: detalles esenciales en el contrato

En el caso de la venta de viviendas prefabricadas, consideradas económicas u similares, se requiere que el proceso se lleve a cabo a través de un contrato escrito. Este contrato debe contener, al menos, la siguiente información:

a) Descripción y especificaciones: la vivienda debe ser descrita detalladamente, incluyendo la definición en planta de escala del trazado de todas las instalaciones y materiales utilizados en su construcción.

b) Partes móviles: cualquier elemento móvil considerado accesorio debe ser detallado en el contrato.

c) Información del vendedor: nombre y domicilio del vendedor.

d) Información del fabricante: nombre y domicilio del fabricante de la vivienda prefabricada.

e) Plazos y condiciones de entrega: deben especificarse los plazos y las condiciones de entrega de la propiedad.

f) Precio y condiciones de pago: el precio de la vivienda y las condiciones de pago deben estar claramente definidos en el contrato.

g) Programación general de la obra: los vendedores deben poner a disposición del consumidor la programación general de la obra.

Adicionalmente, es importante destacar que no se podrá llevar a cabo ninguna promoción de viviendas prefabricadas sin la aprobación previa del municipio en el que se instalará la vivienda. Esto incluye la presentación de planos y otros documentos relacionados con la propiedad.

Artículo 42: detalles de bienes muebles

En el caso de contratos de compraventa de bienes muebles que incluyan partes móviles que puedan considerarse accesorias y comercializarse como tales, es obligatorio detallar cada una de estas partes, especificando claramente su precio y las condiciones de venta.

La Ley 5547 tiene como objetivo proteger a los compradores de viviendas prefabricadas y garantizar la transparencia en las transacciones comerciales. Es esencial que aquellos interesados en este tipo de propiedades se adhieran a estos requisitos legales para evitar posibles problemas en el futuro.

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Para más información sobre la Ley 5547 y sus requisitos, se recomienda consultar a un abogado especializado en bienes raíces o a las autoridades municipales pertinentes.

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